Portada » POLÍTICA DE REEMBOLSOS, DEVOLUCIONES, CANCELACIONES Y COMPENSACIONES

POLÍTICA DE REEMBOLSOS, DEVOLUCIONES, CANCELACIONES Y COMPENSACIONES

TELEDETECTIONS E.I.R.L.

Plataforma Mapa de Tesoros®

Última actualización: 23 de Julio de 2026

PREÁMBULO

La presente Política de Reembolsos, Devoluciones, Cancelaciones y Compensaciones tiene por finalidad establecer las reglas que regulan las solicitudes de devolución de pagos, cancelación de servicios, reprogramaciones, compensaciones comerciales y demás situaciones relacionadas con la contratación de los servicios ofrecidos por TELEDETECTIONS E.I.R.L. a través de la plataforma Mapa de Tesoros®, del Sistema MTD® y de cualquier otro canal oficial de contratación.

Los servicios ofrecidos por TELEDETECTIONS se caracterizan por ser servicios técnicos, intelectuales, especializados y altamente personalizados, cuya ejecución implica la utilización de conocimiento profesional, metodologías propias, inteligencia artificial, procesamiento geoespacial, análisis cartográfico, integración de múltiples fuentes de información, infraestructura tecnológica y recursos humanos especializados.

Debido a esta naturaleza, los servicios no constituyen bienes físicos susceptibles de devolución ni productos digitales estandarizados de consumo masivo. Su ejecución genera costos técnicos y profesionales desde las primeras etapas del procesamiento, incluso antes de la entrega del producto final al Cliente.

En consecuencia, la presente Política busca equilibrar la protección de los derechos del Cliente con la necesidad de preservar la sostenibilidad técnica, económica y operativa de los servicios prestados por TELEDETECTIONS, estableciendo criterios objetivos, transparentes y previamente conocidos por ambas partes.

La presente Política forma parte integrante del ecosistema jurídico de TELEDETECTIONS y deberá interpretarse conjuntamente con el Marco General de Uso de la Plataforma y de los Servicios MTD®, las condiciones particulares de cada servicio y las demás políticas corporativas vigentes.

CAPÍTULO I

OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

1.1 Objeto

La presente Política regula las condiciones aplicables a:

  • solicitudes de reembolso;
  • devoluciones de pagos;
  • cancelaciones de servicios;
  • reprogramaciones;
  • compensaciones comerciales;
  • créditos a favor del Cliente;
  • pagos parciales;
  • adelantos;
  • servicios no reembolsables;
  • servicios con posibilidad excepcional de devolución;
  • procedimientos de evaluación;
  • formas de devolución;
  • y demás aspectos relacionados con la gestión económica posterior a la contratación de los servicios ofrecidos por TELEDETECTIONS.

1.2 Ámbito de aplicación

La presente Política será aplicable a todos los servicios prestados por TELEDETECTIONS, incluyendo aquellos contratados mediante:

  • la plataforma Mapa de Tesoros®; el sitio web institucional;
  • correo electrónico; mensajería instantánea;
  • videoconferencias;
  • propuestas comerciales;
  • cotizaciones;
  • órdenes de servicio;
  • enlaces de pago;
  • pasarelas de pago;
  • plataformas digitales;
  • representantes comerciales autorizados;
  • o cualquier otro canal oficial habilitado por la Empresa.

Será igualmente aplicable a Clientes domiciliados en el Perú o en el extranjero, salvo que una norma imperativa disponga expresamente otra solución para un caso específico.

1.3 Servicios comprendidos

La presente Política regula todos los servicios ofrecidos por TELEDETECTIONS, incluyendo, entre otros:

  1. Informe Preliminar de Potencial Mineral.
  2. Prospección y Análisis Satelital de Potencial Minero.
  3. Señalización Técnica Referencial.
  4. Dirección Estratégica para la Exploración.
  5. Consultoría Técnica Especializada.

Asimismo, comprenderá cualquier servicio adicional, complementario, personalizado o futuro desarrollado por TELEDETECTIONS que no establezca expresamente un régimen distinto.

1.4 Relación con el Marco General

La presente Política constituye una norma especial en materia de reembolsos, devoluciones, cancelaciones y compensaciones. En caso de contradicción entre esta Política y el Marco General de Uso de la Plataforma y de los Servicios MTD®, prevalecerán las disposiciones de esta Política únicamente respecto de las materias específicamente reguladas en ella. Las demás cuestiones contractuales continuarán rigiéndose por el Marco General y por las restantes políticas corporativas aplicables.

1.5 Naturaleza complementaria

La presente Política no modifica la naturaleza técnica de los servicios ofrecidos por TELEDETECTIONS ni crea derechos de reembolso distintos de aquellos expresamente previstos en este documento. Toda solicitud será evaluada considerando las circunstancias particulares del caso, la etapa de ejecución del servicio, los recursos comprometidos y los principios establecidos en el presente instrumento.

CAPÍTULO II

NATURALEZA DE LOS SERVICIOS Y PRINCIPIOS GENERALES DE REEMBOLSO

2.1 Naturaleza de los servicios

Los servicios prestados por TELEDETECTIONS constituyen servicios profesionales de carácter técnico, científico y especializado, desarrollados mediante la aplicación de metodologías propias, herramientas tecnológicas, inteligencia artificial, análisis geoespacial, interpretación cartográfica, integración de múltiples fuentes de información y conocimiento experto.

Por su naturaleza, los servicios ofrecidos por TELEDETECTIONS son:

  • intelectuales;
  • altamente personalizados;
  • no estandarizados;
  • de ejecución progresiva;
  • predominantemente digitales;
  • desarrollados sobre requerimientos específicos del Cliente;
  • sustentados en procesos metodológicos propios del Sistema MTD®.

En consecuencia, los servicios no constituyen bienes físicos susceptibles de devolución ni productos digitales de distribución masiva.

2.2 Personalización del servicio

Cada servicio contratado es desarrollado considerando las características particulares del proyecto presentado por el Cliente, incluyendo, entre otros aspectos:

  • ubicación geográfica;
  • área de estudio;
  • coordenadas;
  • minerales de interés;
  • contexto geológico;
  • objetivos del proyecto;
  • información suministrada por el Cliente;
  • criterios técnicos específicos.

Por ello, cada servicio constituye un desarrollo individualizado que no puede reutilizarse para otros proyectos ni comercializarse como producto estándar.

2.3 Consumo progresivo de recursos

El Cliente reconoce que la ejecución de los servicios implica el consumo progresivo de recursos técnicos, tecnológicos y humanos desde las primeras etapas del proceso, aun cuando todavía no exista un informe final entregado.

Entre otros, dichos recursos podrán comprender:

  • horas de trabajo profesional;
  • análisis especializados;
  • procesamiento geoespacial;
  • procesamiento mediante inteligencia artificial;
  • utilización de metodologías propias;
  • integración de bases de datos;
  • procesamiento de imágenes satelitales;
  • análisis cartográfico;
  • infraestructura informática;
  • servidores;
  • almacenamiento;
  • licencias de software;
  • herramientas SIG;
  • procesos internos de control de calidad;
  • supervisión técnica;
  • gestión administrativa del proyecto.

2.4 Ausencia de obligación de resultado

Los servicios prestados por TELEDETECTIONS constituyen obligaciones de medios y no obligaciones de resultado.

En consecuencia, la Empresa se compromete a ejecutar los servicios con la diligencia técnica y profesional razonablemente exigible conforme a la naturaleza del servicio contratado, sin garantizar:

  • el descubrimiento de minerales;
  • la existencia de recursos económicamente explotables;
  • la obtención de permisos;
  • la rentabilidad del proyecto;
  • el éxito comercial del Cliente;
  • decisiones favorables de terceros;
  • resultados específicos de exploración.

La ausencia de cualquiera de dichos resultados no constituye, por sí misma, fundamento para solicitar un reembolso.

2.5 Principio general de no reembolsabilidad

Como regla general, los pagos efectuados por servicios personalizados prestados por TELEDETECTIONS no son reembolsables una vez iniciado el servicio conforme a la definición establecida en la presente Política. Este principio se fundamenta en que la ejecución genera costos profesionales, metodológicos y tecnológicos que no pueden revertirse ni recuperarse mediante la simple interrupción del servicio. Las excepciones a esta regla serán únicamente aquellas previstas expresamente en esta Política.

2.6 Principio de proporcionalidad

Toda solicitud de reembolso, cancelación o compensación será evaluada considerando, entre otros factores:

  • el estado real de ejecución del servicio; los recursos ya comprometidos;
  • el trabajo efectivamente realizado;
  • la documentación generada;
  • la existencia de entregables parciales;
  • la conducta de las partes;
  • las circunstancias particulares del caso.

La evaluación no se limitará exclusivamente a la existencia o no de un informe final entregado.

2.7 Principio de buena fe

Las solicitudes de reembolso deberán formularse de buena fe y con información veraz.

No serán compatibles con la presente Política aquellas solicitudes basadas en:

  • información falsa; ocultamiento de hechos relevantes; uso indebido del servicio;
  • intención de obtener gratuitamente productos o conocimientos ya desarrollados;
  • actuaciones contrarias a la buena fe contractual.

Sin perjuicio de las demás acciones que correspondan, TELEDETECTIONS podrá rechazar las solicitudes formuladas en tales circunstancias.

2.8 Interpretación de la Política

Las disposiciones de la presente Política deberán interpretarse conjuntamente con el Marco General de Uso de la Plataforma y de los Servicios MTD®, procurando un equilibrio entre:

  • la protección de los derechos del Cliente;
  • la naturaleza personalizada de los servicios;
  • la sostenibilidad técnica y económica de la Empresa;
  • los principios de buena fe, razonabilidad y proporcionalidad.

En caso de duda, las disposiciones deberán interpretarse de manera coherente con la naturaleza profesional e intelectual de los servicios prestados por TELEDETECTIONS.

CAPÍTULO III

INICIO DE LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO

3.1 Principio general

Para efectos de la presente Política, un servicio se considerará iniciado cuando TELEDETECTIONS comience a ejecutar cualquier actividad técnica, administrativa, metodológica o tecnológica destinada al cumplimiento del servicio contratado.

No será necesario que exista un informe final, un producto terminado o una entrega formal para considerar iniciado el servicio.

3.2 Inicio efectivo

El inicio del servicio podrá acreditarse mediante la realización de cualquiera de los siguientes actos, sin que sea necesaria la concurrencia de todos ellos:

  • asignación del proyecto al equipo técnico;
  • apertura del expediente interno del Cliente;
  • creación del proyecto dentro del Sistema MTD®;
  • validación del polígono o área de interés;
  • revisión técnica de coordenadas;
  • verificación de la documentación remitida por el Cliente;
  • planificación metodológica;
  • elaboración del cronograma interno;
  • reserva de recursos humanos especializados;
  • reserva de infraestructura tecnológica;
  • preparación del flujo de procesamiento;
  • descarga o preparación de información geoespacial;
  • recopilación de información cartográfica;
  • preparación de imágenes satelitales;
  • integración de bases de datos;
  • inicio de procesamiento mediante inteligencia artificial;
  • ejecución de procesos automatizados;
  • análisis preliminar;
  • elaboración de modelos internos;
  • generación de borradores;
  • preparación de mapas;
  • elaboración de interpretaciones técnicas;
  • generación de resultados parciales;
  • emisión de avances técnicos;
  • programación de actividades de campo, cuando corresponda;
  • cualquier otra actividad objetivamente destinada a ejecutar el servicio contratado.

La realización de cualquiera de estos actos será suficiente para considerar iniciado el servicio.

3.3 Inicio progresivo

El Cliente reconoce que la ejecución de los servicios prestados por TELEDETECTIONS tiene carácter progresivo. En consecuencia, el inicio del servicio puede producirse incluso antes de que exista interacción posterior con el Cliente, siempre que la Empresa haya comenzado objetivamente las actividades necesarias para la prestación del servicio.

3.4 Registro interno del inicio

TELEDETECTIONS podrá acreditar el inicio del servicio mediante cualquiera de sus registros internos, incluyendo, entre otros:

  • historial del Sistema MTD®;
  • bitácoras de procesamiento;
  • registros de asignación;
  • cronogramas internos;
  • controles de producción;
  • auditorías;
  • metadatos;
  • registros de acceso;
  • versiones de trabajo;
  • registros de inteligencia artificial;
  • historial documental;
  • comunicaciones internas;
  • demás evidencias técnicas razonablemente disponibles.

Estos registros podrán utilizarse para evaluar solicitudes de reembolso o resolver controversias relacionadas con el estado de ejecución del servicio.

3.5 Inicio por etapas

Cuando un servicio se desarrolle por fases, hitos o etapas sucesivas, el inicio de cada etapa producirá los efectos previstos para dicha fase, sin afectar necesariamente las etapas posteriores.

Cada etapa podrá generar costos propios y comprometer recursos específicos, aun cuando el servicio completo todavía no haya concluido.

3.6 Inicio en servicios digitales

En los servicios prestados mediante la plataforma Mapa de Tesoros® o por otros medios digitales, el inicio podrá producirse desde que el sistema comience automáticamente cualquiera de los procesos relacionados con el servicio solicitado, incluyendo la validación, procesamiento, asignación, análisis o generación de resultados.

La automatización del proceso no modifica la fecha de inicio del servicio.

3.7 Irreversibilidad del inicio

Una vez iniciado el servicio conforme a las disposiciones del presente capítulo, los recursos técnicos, metodológicos y profesionales comprometidos se considerarán consumidos en la medida efectivamente utilizada para la ejecución del proyecto.

En consecuencia, el inicio del servicio constituye el criterio objetivo para determinar la aplicación de las reglas generales de reembolso previstas en esta Política, sin perjuicio de las excepciones expresamente reguladas en ella.

3.8 Carga de la evaluación

Cuando exista controversia acerca del momento de inicio del servicio, TELEDETECTIONS evaluará la solicitud considerando la totalidad de los antecedentes disponibles, incluidos sus registros internos y las comunicaciones mantenidas con el Cliente. La existencia de dichos registros no excluye el derecho del Cliente a presentar los elementos que estime pertinentes para sustentar su solicitud, los cuales serán valorados conforme a los principios de buena fe, razonabilidad y proporcionalidad establecidos en la presente Política.

CAPÍTULO IV

REGLA GENERAL DE NO REEMBOLSO Y EXCEPCIONES

4.1 Regla general

Como principio general, los pagos efectuados por los servicios prestados por TELEDETECTIONS no son reembolsables una vez iniciado el servicio conforme a las reglas establecidas en la presente Política.

Esta regla responde a la naturaleza intelectual, técnica y personalizada de los servicios, los cuales generan costos profesionales, metodológicos y tecnológicos desde las primeras etapas de ejecución.

4.2 Fundamento de la regla

La regla general de no reembolso se sustenta, entre otros aspectos, en que:

  • cada servicio se desarrolla específicamente para un proyecto determinado;
  • los recursos técnicos comprometidos no pueden reutilizarse para otros clientes;
  • el procesamiento consume tiempo profesional especializado;
  • se emplean metodologías propias del Sistema MTD®;
  • se utilizan herramientas de inteligencia artificial;
  • se procesan imágenes satelitales, cartografía y bases de datos;
  • se destinan recursos informáticos y administrativos;
  • la ejecución genera costos irreversibles aun cuando el informe final todavía no haya sido entregado.

4.3 Inexistencia de derecho automático al reembolso

La presentación de una solicitud de reembolso no genera, por sí sola, obligación de devolución por parte de TELEDETECTIONS.

Toda solicitud será evaluada conforme a esta Política, considerando las circunstancias particulares del caso y la evidencia disponible sobre el estado de ejecución del servicio.

4.4 Casos excepcionales con posibilidad de reembolso

De manera excepcional, TELEDETECTIONS podrá aprobar un reembolso total o parcial cuando concurran objetivamente circunstancias como las siguientes:

a) el servicio aún no haya sido iniciado conforme al Capítulo III;

b) se haya producido un pago duplicado por error;

c) exista un cobro efectuado por un importe superior al efectivamente pactado;

d) se verifique un error material atribuible exclusivamente a TELEDETECTIONS que haga imposible iniciar la prestación del servicio;

e) ambas partes acuerden expresamente dejar sin efecto la contratación antes del inicio del servicio;

f) otros supuestos expresamente previstos en esta Política o acordados por escrito entre las partes.

La aprobación de cualquiera de estos supuestos requerirá una evaluación individual del caso y no constituirá precedente obligatorio para futuras solicitudes.

4.5 Casos que no generan derecho a reembolso

Salvo disposición expresa en contrario, no procederá el reembolso cuando la solicitud tenga como fundamento:

  • cambio de opinión del Cliente;
  • desistimiento voluntario una vez iniciado el servicio;
  • expectativas comerciales no cumplidas;
  • ausencia de hallazgos minerales;
  • desacuerdo con las interpretaciones técnicas;
  • desacuerdo con las probabilidades estimadas;
  • desacuerdo con la priorización de objetivos;
  • decisiones adoptadas por inversionistas;
  • pérdida de concesiones;
  • cambios regulatorios;
  • falta de financiamiento;
  • problemas internos del Cliente;
  • retrasos atribuibles al propio Cliente;
  • incumplimiento de requisitos legales por parte del Cliente;
  • cancelación del proyecto por decisión del Cliente;
  • utilización parcial del servicio;
  • entrega de información incorrecta o incompleta por parte del Cliente;
  • cualquier otra circunstancia ajena al control razonable de TELEDETECTIONS.

4.6 Ausencia de obligación de resultado

La circunstancia de que un estudio no identifique zonas prioritarias, no confirme la hipótesis inicial del Cliente o recomiende descartar un área de interés no constituye incumplimiento del servicio.

Por el contrario, dichos resultados forman parte de la finalidad técnica del análisis y representan una conclusión válida del proceso metodológico desarrollado por TELEDETECTIONS.

En consecuencia, tales situaciones no generan derecho a reembolso.

4.7 Reembolsos parciales

Cuando la naturaleza del caso lo justifique y esta Política lo permita expresamente, TELEDETECTIONS podrá aprobar reembolsos parciales considerando, entre otros factores:

  • el porcentaje real de avance del servicio;
  • las etapas efectivamente ejecutadas;
  • los recursos técnicos consumidos;
  • los costos administrativos ya incurridos;
  • la documentación generada;
  • las entregas parciales realizadas.

La determinación del monto eventualmente reembolsable se efectuará conforme a criterios objetivos, razonables y proporcionales.

4.8 Medidas alternativas al reembolso

Cuando las circunstancias lo permitan y ambas partes lo consideren conveniente, TELEDETECTIONS podrá ofrecer, en sustitución total o parcial de un reembolso:

  • reprogramación del servicio;
  • modificación del alcance;
  • cambio de cronograma;
  • crédito comercial;
  • aplicación del pago a otro servicio;
  • otras soluciones equivalentes acordadas entre las partes.

Estas medidas constituyen alternativas de solución y no implican reconocimiento de responsabilidad por parte de TELEDETECTIONS.

4.9 Carácter excepcional

Toda devolución, compensación o solución económica distinta de la regla general tendrá carácter estrictamente excepcional.

Su otorgamiento dependerá exclusivamente de las circunstancias objetivas del caso, de la aplicación de esta Política y del cumplimiento de los principios de buena fe, razonabilidad y proporcionalidad. La aprobación de una excepción en un caso determinado no generará derechos adquiridos ni obligará a TELEDETECTIONS a resolver del mismo modo situaciones futuras.

CAPÍTULO V

REGLAS ESPECIALES SEGÚN EL SERVICIO CONTRATADO

5.1 Principio general

Cada servicio ofrecido por TELEDETECTIONS posee características técnicas, metodológicas, operativas y económicas propias.

En consecuencia, la evaluación de cualquier solicitud de reembolso deberá considerar la naturaleza específica del servicio contratado, sin perjuicio de la aplicación de los principios generales establecidos en la presente Política.

5.2 Servicio 1

Informe Preliminar de Potencial Mineral

Este servicio constituye un análisis preliminar basado en información pública, cartografía existente, antecedentes geológicos y otras fuentes de información disponibles.

El servicio se considerará iniciado desde que TELEDETECTIONS comience cualquiera de las siguientes actividades:

  • apertura del expediente técnico;
  • recopilación de información territorial;
  • revisión de antecedentes geológicos;
  • análisis preliminar del área;
  • elaboración del informe;
  • preparación de mapas;
  • generación de recomendaciones iniciales.

Una vez iniciado cualquiera de estos procesos, no procederá el reembolso por causas relacionadas con:

  • desacuerdo con las conclusiones;
  • ausencia de potencial económico;
  • expectativas diferentes del Cliente;
  • decisión de no continuar hacia etapas posteriores.

5.3 Servicio 2

Prospección y Análisis Satelital de Potencial Minero

Este servicio comprende el procesamiento especializado de imágenes satelitales, información geoespacial, modelos digitales del terreno, algoritmos propios, inteligencia artificial y demás metodologías del Sistema MTD®.

El servicio se considerará iniciado desde que TELEDETECTIONS comience cualquiera de las siguientes actividades:

  • validación del polígono;
  • descarga o preparación de imágenes;
  • procesamiento geoespacial;
  • integración de capas;
  • ejecución de algoritmos;
  • procesamiento mediante inteligencia artificial;
  • generación de modelos;
  • elaboración de mapas técnicos;
  • priorización de objetivos.

Una vez iniciado el procesamiento técnico, no procederá el reembolso aunque:

  • no se identifiquen zonas prioritarias;
  • el Cliente no comparta las conclusiones;
  • el potencial detectado sea inferior al esperado;
  • el Cliente decida abandonar el proyecto;
  • no continúe con fases posteriores.

5.4 Servicio 3

Señalización Técnica Referencial

Este servicio comprende actividades de planificación, validación estratégica, preparación logística y señalización técnica referencial conforme al alcance contratado.

El servicio se considerará iniciado desde que TELEDETECTIONS comience cualquiera de las siguientes actividades:

  • planificación operativa;
  • coordinación logística;
  • preparación del material técnico;
  • asignación del equipo correspondiente;
  • programación de desplazamientos;
  • preparación de rutas o puntos de referencia;
  • coordinación con el Cliente para la ejecución.

Una vez iniciada la planificación específica, no procederá el reembolso por:

  • cancelación unilateral del Cliente;
  • cambios de ubicación;
  • modificaciones del polígono;
  • imposibilidad del Cliente para ejecutar la actividad programada;
  • cambios de agenda imputables al Cliente.

Cuando la imposibilidad de ejecución derive exclusivamente de causas atribuibles a TELEDETECTIONS, la Empresa evaluará alternativas como la reprogramación o, de ser procedente, otras medidas previstas en esta Política.

5.5 Servicio 4

Dirección Estratégica para la Exploración

Por su naturaleza altamente especializada, este servicio implica el análisis estratégico del proyecto, la evaluación documental, la planificación técnica y el acompañamiento profesional en las condiciones particulares acordadas con el Cliente.

El servicio se considerará iniciado desde que TELEDETECTIONS comience cualquiera de las siguientes actividades:

  • revisión técnica del proyecto;
  • evaluación documental;
  • asignación del equipo especializado;
  • planificación estratégica;
  • reuniones técnicas de análisis;
  • elaboración de recomendaciones;
  • desarrollo de estrategias de exploración.

Una vez iniciado el servicio, no procederá el reembolso cuando la suspensión o interrupción derive de:

  • pérdida de permisos;
  • documentación insuficiente;
  • incumplimiento de requisitos por parte del Cliente;
  • decisiones empresariales del Cliente;
  • paralización del proyecto por causas ajenas a TELEDETECTIONS.

5.6 Servicio 5

Consultoría Técnica Especializada

La Consultoría Técnica Especializada comprende asesorías profesionales, análisis específicos, evaluaciones técnicas, elaboración de opiniones especializadas y cualquier otro servicio profesional desarrollado conforme al requerimiento particular del Cliente.

El servicio se considerará iniciado desde que TELEDETECTIONS comience cualquiera de las siguientes actividades:

  • revisión del requerimiento;
  • análisis técnico;
  • investigación especializada;
  • preparación de documentación;
  • elaboración de informes;
  • reuniones de consultoría;
  • emisión de recomendaciones.

Una vez iniciado el servicio, no procederá el reembolso por el solo hecho de que el Cliente:

  • no comparta la opinión técnica emitida;
  • decida no aplicar las recomendaciones;
  • obtenga posteriormente un criterio distinto de otro profesional;
  • modifique los objetivos inicialmente planteados.

5.7 Servicios futuros

La presente Política será igualmente aplicable a los nuevos servicios, productos digitales o funcionalidades que TELEDETECTIONS incorpore en el futuro, salvo que dichos servicios cuenten con una política específica que establezca expresamente reglas distintas.

En ausencia de regulación especial, se aplicarán los principios generales contenidos en esta Política.

5.8 Interpretación

Las reglas específicas previstas para cada servicio complementan las disposiciones generales de esta Política. En caso de duda, deberá preferirse la interpretación que resulte compatible con la naturaleza técnica, personalizada y progresiva del servicio contratado.

CAPÍTULO VI

MODIFICACIONES SOLICITADAS POR EL CLIENTE Y EFECTOS SOBRE EL SERVICIO

6.1 Principio general

Una vez contratado un servicio, el Cliente podrá solicitar modificaciones relacionadas con el proyecto únicamente dentro de los límites técnica y operativamente viables.

La aceptación de cualquier modificación dependerá de la evaluación realizada por TELEDETECTIONS y no constituirá un derecho automático del Cliente.

6.2 Modificaciones comprendidas

Las solicitudes podrán referirse, entre otras, a:

  • cambio del polígono;
  • modificación de coordenadas;
  • sustitución del área de estudio;
  • ampliación del área;
  • reducción del área;
  • modificación del mineral de interés;
  • incorporación de nuevos minerales;
  • modificación de objetivos;
  • actualización de documentación;
  • cambio de titular del proyecto;
  • ajustes metodológicos expresamente solicitados.

Cada solicitud será evaluada de forma individual.

6.3 Solicitudes antes del inicio del servicio

Cuando la solicitud de modificación sea presentada antes del inicio efectivo del servicio, TELEDETECTIONS podrá aceptarla sin costo adicional, siempre que:

  • no exista procesamiento iniciado;
  • no se hayan comprometido recursos técnicos;
  • la modificación no altere sustancialmente el alcance contratado.

En caso contrario, la Empresa podrá aplicar los ajustes económicos que correspondan.

6.4 Solicitudes posteriores al inicio

Cuando el servicio ya hubiera iniciado conforme al Capítulo III, cualquier modificación será considerada como una solicitud de cambio de alcance.

En tal caso, TELEDETECTIONS podrá, según corresponda:

  • aceptar el cambio;
  • mantener el servicio originalmente contratado;
  • proponer un ajuste económico;
  • generar una nueva orden de servicio;
  • recomendar la contratación de un nuevo estudio;
  • rechazar técnicamente la modificación cuando esta haga inviable la continuidad del trabajo ya iniciado.

6.5 Cambio del área de estudio

Cuando el Cliente solicite sustituir completamente el área inicialmente contratada por otra distinta, TELEDETECTIONS evaluará el grado de avance del procesamiento realizado.

Si el procesamiento del área original ya hubiera comenzado, la Empresa podrá considerar dicho trabajo como una etapa ejecutada y proponer una nueva cotización para el análisis del área sustituta. La sustitución del área no implicará, por sí sola, derecho a reembolso del trabajo previamente ejecutado.

6.6 Ampliaciones y reducciones

Cuando el Cliente solicite ampliar o reducir el área objeto del estudio:

  • la ampliación podrá generar un ajuste proporcional del precio;
  • la reducción no implicará necesariamente una disminución del precio previamente pactado, cuando el procesamiento técnico ya hubiera comenzado.

La evaluación considerará el estado real de ejecución y los recursos ya comprometidos.

6.7 Cambio del mineral objetivo

Cuando el Cliente solicite reemplazar el mineral originalmente contratado por otro distinto, TELEDETECTIONS evaluará si la modificación requiere nuevos procesos metodológicos, nuevas variables de análisis o un procesamiento adicional.

Si la modificación implica un trabajo sustancialmente diferente, la Empresa podrá:

  • emitir una nueva propuesta económica;
  • considerar parcialmente aprovechable el trabajo previamente realizado;
  • recomendar un nuevo servicio independiente.

6.8 Errores imputables al Cliente

Si el Cliente proporciona coordenadas incorrectas, polígonos erróneos, información incompleta o documentación que requiera rehacer total o parcialmente el trabajo, los costos derivados de dicha situación podrán ser asumidos por el propio Cliente.

Ello no constituirá incumplimiento por parte de TELEDETECTIONS ni generará derecho a reembolso.

6.9 Cambios de alcance

Cuando las modificaciones solicitadas alteren significativamente el objeto, complejidad, duración o recursos necesarios para ejecutar el servicio, TELEDETECTIONS podrá formalizar dichos cambios mediante:

  • una nueva propuesta comercial;
  • una adenda;
  • una orden complementaria;
  • un ajuste del cronograma;
  • un acuerdo específico entre las partes.

Mientras dicho ajuste no sea aceptado, la Empresa podrá suspender la ejecución de las modificaciones solicitadas.

6.10 Continuidad del servicio

La aceptación de modificaciones no implicará que el servicio vuelva a considerarse «no iniciado» para efectos de la presente Política.

Las reglas generales sobre inicio del servicio, no reembolsabilidad y consumo progresivo de recursos continuarán siendo plenamente aplicables respecto del trabajo ya ejecutado.

6.11 Facultades de TELEDETECTIONS

TELEDETECTIONS podrá rechazar solicitudes de modificación cuando, razonablemente:

  • comprometan la calidad técnica del servicio;
  • afecten la planificación operativa;
  • impliquen rehacer íntegramente el trabajo ya ejecutado;
  • resulten incompatibles con la metodología del Sistema MTD®;
  • generen un uso abusivo de los recursos de la Empresa.

CAPÍTULO VII

SUSPENSIÓN, INACTIVIDAD Y ABANDONO DEL PROYECTO

7.1 Principio general

El Cliente reconoce que la correcta ejecución de los servicios puede requerir su colaboración, la entrega oportuna de información, documentación, autorizaciones o respuestas necesarias para el normal desarrollo del proyecto.

La falta de dicha colaboración podrá afectar los plazos, el alcance o incluso la continuidad del servicio, sin que ello constituya incumplimiento imputable a TELEDETECTIONS.

7.2 Suspensión por causas imputables al Cliente

TELEDETECTIONS podrá suspender temporalmente la ejecución del servicio cuando el Cliente:

  • no entregue la información solicitada;
  • no remita las coordenadas o el polígono definitivo;
  • no absuelva observaciones técnicas;
  • no atienda requerimientos indispensables para continuar el proyecto;
  • solicite expresamente la suspensión;
  • mantenga obligaciones económicas pendientes que impidan continuar el servicio;
  • incurra en cualquier otra circunstancia que imposibilite razonablemente la ejecución del trabajo.

La suspensión tendrá carácter preventivo y no implicará la resolución automática del contrato.

7.3 Conservación del trabajo ejecutado

Durante el período de suspensión, TELEDETECTIONS conservará, en la medida razonablemente posible, los avances técnicos ya desarrollados.

No obstante, la Empresa no garantiza la disponibilidad indefinida de recursos tecnológicos, entornos de procesamiento, versiones de software, bases de datos o infraestructura utilizada para el proyecto.

7.4 Inactividad prolongada

Cuando el Cliente permanezca inactivo durante un período prolongado sin atender los requerimientos necesarios para continuar el servicio, TELEDETECTIONS podrá solicitar la reanudación del proyecto dentro de un plazo razonable.

Si el Cliente no manifiesta su intención de continuar, la Empresa podrá considerar el proyecto en estado de inactividad administrativa.

La declaración de inactividad no extingue automáticamente las obligaciones ya generadas ni crea derecho a reembolso.

7.5 Abandono del proyecto

Se podrá considerar que existe abandono del proyecto cuando, de manera objetiva y sin causa atribuible a TELEDETECTIONS, el Cliente:

  • interrumpa indefinidamente la comunicación;
  • deje de responder requerimientos esenciales;
  • manifieste que no continuará con el proyecto;
  • abandone voluntariamente la ejecución del servicio;
  • haga imposible la continuación de los trabajos.

En tales casos, TELEDETECTIONS podrá dar por concluida la ejecución respecto del alcance pendiente.

7.6 Reanudación del servicio

Cuando un proyecto suspendido o inactivo sea reanudado con posterioridad, TELEDETECTIONS evaluará:

  • la viabilidad técnica de continuar el trabajo;
  • la vigencia de la información utilizada;
  • la necesidad de actualizar imágenes, cartografía o bases de datos;
  • la disponibilidad del equipo técnico;
  • el tiempo transcurrido desde la suspensión.

Si la reanudación requiere repetir total o parcialmente actividades ya ejecutadas, la Empresa podrá establecer un costo adicional razonable, previamente informado al Cliente.

7.7 Efectos sobre los plazos

Los plazos de ejecución quedarán suspendidos durante el tiempo en que la continuidad del servicio dependa de actuaciones pendientes del Cliente.

Una vez superada la causa de suspensión, los plazos podrán ser reprogramados de común acuerdo o conforme a la planificación operativa de TELEDETECTIONS.

7.8 Ausencia de derecho a reembolso

La suspensión, inactividad o abandono del proyecto por causas imputables al Cliente no generará derecho al reembolso de los importes correspondientes al trabajo ya ejecutado ni de los recursos efectivamente comprometidos.

Ello se entiende sin perjuicio de las excepciones expresamente previstas en la presente Política.

7.9 Conservación de la información

Una vez concluido o archivado un proyecto por inactividad o abandono, TELEDETECTIONS podrá conservar la documentación técnica y administrativa durante el tiempo que considere razonablemente necesario para fines legales, contractuales, tributarios, de auditoría, control de calidad o defensa de sus derechos.

La conservación de dicha información no implicará obligación de mantener indefinidamente disponible el proyecto para su reactivación sin costo.

7.10 Reapertura de proyectos

La reapertura de un proyecto archivado por inactividad o abandono estará sujeta a evaluación técnica y administrativa.

Dependiendo del estado del proyecto y del tiempo transcurrido, TELEDETECTIONS podrá:

  • reactivar el servicio existente;
  • emitir una adenda;
  • establecer costos de reactivación;
  • recomendar la contratación de un nuevo servicio cuando la continuidad técnica ya no resulte razonablemente viable.

CAPÍTULO VIII

PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR UN REEMBOLSO, COMPENSACIÓN O REVISIÓN

8.1 Presentación de la solicitud

Toda solicitud de reembolso, devolución, compensación, crédito comercial o revisión deberá ser presentada por el Cliente a través de cualquiera de los canales oficiales habilitados por TELEDETECTIONS.

La solicitud deberá contener, como mínimo:

  • identificación del Cliente;
  • datos de contacto;
  • identificación del servicio contratado;
  • fecha aproximada de contratación;
  • descripción clara de la solicitud;
  • fundamentos que la sustentan;
  • documentación que considere pertinente.

La falta de información podrá retrasar el proceso de evaluación.

8.2 Recepción de la solicitud

Una vez recibida la solicitud, TELEDETECTIONS registrará internamente el caso y podrá asignarle un número de referencia para efectos de seguimiento.

La recepción de la solicitud no implica aceptación de su contenido ni reconocimiento de derecho alguno.

8.3 Revisión preliminar

Antes de emitir una decisión, TELEDETECTIONS podrá verificar, entre otros aspectos:

  • estado del servicio;
  • fecha de inicio;
  • grado de avance;
  • entregables realizados;
  • comunicaciones mantenidas con el Cliente;
  • registros internos;
  • antecedentes técnicos;
  • pagos efectuados;
  • documentación aportada.

Asimismo, podrá solicitar información adicional cuando resulte necesaria para una adecuada evaluación.

8.4 Colaboración del Cliente

El Cliente se compromete a colaborar durante el proceso de evaluación, proporcionando la información adicional que razonablemente le sea requerida.

La falta de respuesta dentro de un plazo razonable podrá motivar que la solicitud sea evaluada únicamente con la información disponible.

8.5 Evaluación técnica y administrativa

Las solicitudes serán analizadas de manera conjunta por las áreas que TELEDETECTIONS considere competentes, pudiendo intervenir, según corresponda:

  • área técnica;
  • área comercial;
  • administración;
  • gerencia;
  • asesoría legal;
  • otras áreas especializadas.

La evaluación se realizará aplicando los principios de objetividad, razonabilidad, buena fe y proporcionalidad.

8.6 Criterios de evaluación

Entre otros elementos, TELEDETECTIONS podrá considerar:

  • el estado real de ejecución del servicio;
  • los recursos ya comprometidos;
  • el trabajo efectivamente desarrollado;
  • las obligaciones cumplidas por ambas partes;
  • la documentación disponible;
  • la naturaleza del servicio contratado;
  • las circunstancias particulares del caso.

Ningún criterio tendrá carácter absoluto; la valoración será integral.

8.7 Decisión

Concluida la evaluación, TELEDETECTIONS comunicará al Cliente la decisión correspondiente, la cual podrá consistir, según el caso, en:

  • aprobación del reembolso total;
  • aprobación del reembolso parcial;
  • otorgamiento de un crédito comercial;
  • reprogramación del servicio;
  • modificación del alcance;
  • rechazo motivado de la solicitud;
  • cualquier otra solución compatible con la presente Política.

La decisión incluirá, cuando resulte pertinente, una explicación general de los fundamentos que la sustentan.

8.8 Naturaleza de la decisión

Las decisiones adoptadas por TELEDETECTIONS serán emitidas conforme a esta Política y a los antecedentes disponibles al momento de la evaluación.

La aprobación excepcional de una solicitud no constituirá precedente obligatorio para casos futuros ni modificará las reglas generales de la presente Política.

8.9 Conservación del expediente

TELEDETECTIONS podrá conservar el expediente generado durante la evaluación por el tiempo que resulte razonablemente necesario para fines de:

  • auditoría;
  • control interno;
  • cumplimiento normativo;
  • defensa jurídica;
  • mejora continua de los procesos;
  • atención de eventuales reclamaciones.

8.10 Medios de comunicación

Las comunicaciones relacionadas con la solicitud podrán realizarse mediante cualquiera de los canales oficiales utilizados durante la contratación o aquellos que el Cliente haya proporcionado posteriormente. Salvo disposición legal en contrario, dichas comunicaciones producirán efectos desde el momento de su envío por TELEDETECTIONS al medio de contacto registrado por el Cliente.

8.11 Solución amistosa

Antes de acudir a mecanismos administrativos o judiciales, las partes procurarán, en la medida de lo razonablemente posible, resolver cualquier diferencia mediante diálogo, intercambio de información y búsqueda de soluciones compatibles con la naturaleza técnica del servicio. La participación en este proceso no implica renuncia a los derechos que correspondan conforme a la legislación aplicable.

CAPÍTULO IX

EJECUCIÓN DE LOS REEMBOLSOS, COMPENSACIONES Y CRÉDITOS COMERCIALES

9.1 Aprobación previa

Ningún reembolso, compensación, devolución o crédito comercial será ejecutado sin que exista una decisión expresa de aprobación conforme al procedimiento establecido en la presente Política.

La aprobación deberá identificar, cuando corresponda:

  • el concepto aprobado;
  • el monto aplicable;
  • la modalidad elegida;
  • las condiciones de ejecución.

9.2 Modalidades de cumplimiento

Según las circunstancias del caso, TELEDETECTIONS podrá cumplir la decisión aprobada mediante cualquiera de las siguientes modalidades:

  • devolución total del importe;
  • devolución parcial;
  • crédito comercial;
  • aplicación del monto a otro servicio;
  • descuento sobre futuras contrataciones;
  • reprogramación del servicio;
  • ampliación del alcance previamente contratado;
  • cualquier otra modalidad expresamente aceptada por ambas partes.

La modalidad elegida dependerá de la naturaleza del caso y de la viabilidad administrativa y técnica.

9.3 Medio de devolución

Salvo acuerdo diferente entre las partes, los reembolsos se efectuarán utilizando, cuando sea razonablemente posible, el mismo medio de pago empleado para la contratación.

Cuando ello no resulte viable, TELEDETECTIONS podrá utilizar otro medio legalmente permitido y previamente coordinado con el Cliente.

9.4 Gastos financieros y comisiones

Las comisiones, gastos bancarios, costos de procesamiento de pagos, diferencias cambiarias, cargos por intermediarios financieros u otros costos generados por la devolución podrán ser asumidos conforme a las condiciones del proveedor del servicio de pago utilizado.

Cuando dichos costos no sean imputables a TELEDETECTIONS, podrán descontarse del importe efectivamente reembolsable, siempre que ello sea permitido por la legislación aplicable y haya sido informado al Cliente.

9.5 Conversión de moneda

Cuando el pago original y el reembolso deban efectuarse en monedas distintas, el monto será calculado utilizando el tipo de cambio aplicado por la entidad financiera, plataforma de pago o proveedor correspondiente al momento de la operación. Las variaciones cambiarias propias del mercado no constituirán responsabilidad de TELEDETECTIONS.

9.6 Pagos internacionales

En operaciones internacionales, el Cliente será responsable de proporcionar correctamente la información necesaria para efectuar la devolución.

TELEDETECTIONS no será responsable por retrasos, rechazos o costos adicionales originados por:

  • datos bancarios incorrectos;
  • restricciones del país de destino;
  • controles regulatorios;
  • entidades financieras intermediarias;
  • plataformas de pago;
  • normas de prevención de lavado de activos u otras disposiciones legales aplicables.

9.7 Créditos comerciales

Cuando se otorgue un crédito comercial en sustitución total o parcial de un reembolso, dicho crédito podrá utilizarse exclusivamente conforme a las condiciones comunicadas por TELEDETECTIONS.

Salvo pacto distinto, el crédito comercial:

  • no generará intereses;
  • no será transferible a terceros;
  • no podrá convertirse automáticamente en dinero;
  • podrá aplicarse únicamente a servicios ofrecidos por TELEDETECTIONS.

9.8 Compensaciones

Las compensaciones aprobadas podrán consistir en beneficios económicos o técnicos distintos del reembolso, incluyendo, entre otros:

  • ampliación del alcance del servicio;
  • incorporación de funcionalidades adicionales;
  • actualización técnica;
  • descuentos especiales;
  • servicios complementarios;
  • otras soluciones acordadas entre las partes.

La aceptación de una compensación por parte del Cliente extinguirá, respecto del mismo hecho, cualquier derecho adicional de naturaleza económica que resulte incompatible con dicha solución.

9.9 Aspectos tributarios

Cuando la legislación aplicable exija la emisión de notas de crédito, ajustes contables, documentos tributarios u otros registros fiscales como consecuencia de un reembolso, TELEDETECTIONS efectuará las actuaciones que legalmente correspondan.

La ejecución del reembolso podrá quedar condicionada al cumplimiento de dichas obligaciones cuando ello resulte exigible.

9.10 Constancia de cumplimiento

Una vez ejecutado el reembolso, compensación o crédito comercial, TELEDETECTIONS podrá emitir la constancia o registro interno correspondiente.

Con la efectiva ejecución de la decisión aprobada se entenderá cumplida la obligación asumida por la Empresa respecto de la solicitud evaluada, sin perjuicio de los derechos que pudieran corresponder conforme a la legislación aplicable.

9.11 Efectos del reembolso

Salvo acuerdo expreso en contrario, la aprobación y ejecución de un reembolso correspondiente a un servicio determinado producirá la terminación de las obligaciones pendientes exclusivamente respecto del alcance objeto de dicha devolución. Ello no afectará otros servicios contratados independientemente por el mismo Cliente ni las obligaciones ya ejecutadas.

CAPÍTULO X

DISPOSICIONES FINALES

10.1 Integración normativa

La presente Política forma parte del marco jurídico que regula la relación entre TELEDETECTIONS y sus Clientes.

En consecuencia, deberá interpretarse de manera armónica con:

  • el Marco General de Uso de la Plataforma y de los Servicios MTD®;
  • la Política de Privacidad;
  • la Política de Tratamiento de Datos Personales;
  • la Política de Propiedad Intelectual;
  • las condiciones particulares del servicio contratado;
  • las cotizaciones, propuestas comerciales y órdenes de servicio aceptadas por el Cliente;
  • las demás políticas y documentos corporativos que resulten aplicables.

En caso de contradicción, prevalecerá la disposición específica que regule directamente la materia objeto de controversia.

10.2 Independencia de las cláusulas

Si cualquier disposición de la presente Política fuera declarada inválida, ineficaz, inaplicable o contraria a la legislación vigente por una autoridad competente, dicha circunstancia no afectará la validez de las restantes disposiciones.

Las cláusulas restantes continuarán produciendo todos sus efectos jurídicos en la medida permitida por la ley.

10.3 Modificaciones de la Política

TELEDETECTIONS podrá actualizar, modificar o complementar la presente Política cuando resulte necesario para:

  • adecuarse a cambios normativos;
  • incorporar nuevos servicios;
  • implementar mejoras operativas;
  • adaptar la Plataforma MTD® a nuevas funcionalidades;
  • optimizar sus procesos internos;
  • responder a cambios tecnológicos;
  • fortalecer la protección de los derechos de los Clientes y de la Empresa.

Las modificaciones serán aplicables a las contrataciones efectuadas con posterioridad a su entrada en vigor, salvo que la legislación aplicable disponga otra cosa.

10.4 Tolerancia

La circunstancia de que TELEDETECTIONS, en un caso particular, apruebe excepcionalmente un reembolso, compensación o solución distinta a la prevista como regla general, no constituirá renuncia a los derechos establecidos en la presente Política ni generará obligación de actuar de igual manera en situaciones futuras.

Toda excepción tendrá carácter estrictamente individual y será evaluada conforme a las circunstancias específicas del caso.

10.5 Fuerza mayor y caso fortuito

TELEDETECTIONS no será responsable por retrasos, suspensiones o imposibilidad de ejecutar reembolsos o servicios cuando ello sea consecuencia de acontecimientos extraordinarios, imprevisibles o inevitables, incluyendo, entre otros:

  • desastres naturales;
  • conflictos armados;
  • disturbios civiles;
  • actos de autoridad;
  • fallas generalizadas de telecomunicaciones;
  • interrupciones de servicios esenciales;
  • ataques informáticos de gran escala;
  • fallas masivas de proveedores tecnológicos;
  • restricciones regulatorias;
  • otras circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito.

En tales supuestos, las obligaciones afectadas podrán reanudarse una vez desaparecida la causa que motivó la interrupción, siempre que ello resulte razonablemente posible.

10.6 No renuncia de derechos

El ejercicio parcial o la falta de ejercicio de cualquiera de los derechos previstos en esta Política no implicará renuncia a los mismos ni limitará el derecho de TELEDETECTIONS a ejercerlos posteriormente.

10.7 Idioma

La presente Política podrá encontrarse disponible en diferentes idiomas para facilitar su comprensión por parte de Clientes de distintos países.

En caso de discrepancia de interpretación entre versiones traducidas, prevalecerá la versión oficial en idioma español, salvo que la legislación imperativa del país correspondiente establezca otra regla.

10.8 Ley aplicable y jurisdicción

La presente Política se regirá por las leyes de la República del Perú.

Cualquier controversia relacionada con su interpretación, ejecución o aplicación será resuelta conforme a la legislación peruana, sin perjuicio de los derechos irrenunciables que pudieran corresponder a los consumidores conforme a las normas imperativas aplicables en su lugar de residencia.

Antes de acudir a instancias administrativas o judiciales, las partes procurarán resolver sus diferencias mediante mecanismos de diálogo y solución amistosa.

10.9 Vigencia

La presente Política entrará en vigor desde la fecha de su publicación por TELEDETECTIONS y permanecerá vigente hasta que sea modificada o sustituida por una versión posterior.

Las versiones actualizadas estarán disponibles a través de los canales oficiales de la Empresa o serán puestas en conocimiento del Cliente cuando corresponda.

10.10 Aceptación

La contratación de cualquiera de los servicios ofrecidos por TELEDETECTIONS, la aceptación de una propuesta comercial, la realización de un pago, el uso de la plataforma MTD® o cualquier otra manifestación inequívoca de voluntad del Cliente constituirá aceptación de la presente Política, en los términos permitidos por la legislación aplicable.

ANEXO I

DEFINICIONES

Para efectos de la presente Política, los términos indicados a continuación tendrán el significado que se les asigna, salvo que del contexto resulte otra interpretación.

Cliente

Persona natural o jurídica que contrata uno o más servicios prestados por TELEDETECTIONS.

Empresa

TELEDETECTIONS E.I.R.L.

Sistema MTD®

Conjunto de metodologías, procesos, herramientas tecnológicas, inteligencia artificial, algoritmos, procedimientos operativos, plataformas y conocimiento técnico desarrollado por TELEDETECTIONS para la prestación de sus servicios.

Servicio

Cualquiera de las prestaciones ofrecidas por TELEDETECTIONS.

Reembolso

Devolución total o parcial de un importe previamente pagado y expresamente aprobada conforme a esta Política.

Compensación

Medida económica o técnica distinta del reembolso destinada a solucionar una situación particular.

Crédito Comercial

Saldo reconocido por TELEDETECTIONS para ser aplicado en futuras contrataciones conforme a las condiciones establecidas por la Empresa.

Inicio del Servicio

Momento en que TELEDETECTIONS comienza objetivamente cualquiera de las actividades descritas en el Capítulo III.

Cambio de Alcance

Toda modificación solicitada por el Cliente que altere el objeto, área, mineral, metodología o recursos originalmente contratados.

Proyecto

Conjunto de actividades técnicas desarrolladas respecto de un área geográfica determinada.

Plataforma

Mapa de Tesoros® y cualquier otra plataforma tecnológica operada por TELEDETECTIONS.

ANEXO II

CRITERIOS REFERENCIALES DE AVANCE DEL SERVICIO

Con fines exclusivamente orientativos, TELEDETECTIONS podrá clasificar el estado de ejecución de un servicio conforme a niveles internos de avance tales como:

• Pendiente de inicio

• Preparación

• Procesamiento inicial

• Procesamiento técnico

• Interpretación

• Validación

• Elaboración del informe

• Control de calidad

• Entrega

La presente clasificación tiene únicamente fines administrativos y no implica porcentajes rígidos de ejecución.

ANEXO III

MEDIOS OFICIALES DE COMUNICACIÓN

Las comunicaciones relacionadas con solicitudes de reembolso podrán efectuarse mediante los canales oficiales que TELEDETECTIONS publique periódicamente, incluyendo, cuando corresponda:

  • Plataforma MTD®
  • Sitio web institucional
  • Correo electrónico corporativo
  • WhatsApp Business oficial
  • Formularios electrónicos
  • Otros canales oficialmente habilitados

El uso de canales no oficiales no obligará a TELEDETECTIONS a considerar presentada una solicitud.

ANEXO IV

TABLA REFERENCIAL DE SOLUCIONES POSIBLES

Dependiendo de las circunstancias del caso, TELEDETECTIONS podrá adoptar una o más de las siguientes medidas:

  • reembolso total;
  • reembolso parcial;
  • crédito comercial;
  • ampliación del servicio;
  • reprogramación;
  • modificación del alcance;
  • actualización técnica;
  • nueva orden de servicio;
  • solución comercial acordada.

La presente tabla tiene carácter meramente referencial y no limita las facultades de evaluación previstas en esta Política.